Requisitos foto DNI español — Policía Nacional y Ministerio del Interior
Norma de la Policía Nacional
El Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de la Policía, regula la foto del DNI mediante el Real Decreto que rige la expedición del Documento Nacional de Identidad. La misma norma se aplica en todas las comisarías habilitadas en España y en los consulados españoles del exterior.
El proceso habitual en cita previa de Policía Nacional incluye la captura biométrica directa en sitio, por lo que la foto física se requiere principalmente para trámites consulares en el extranjero o como respaldo.
Fondo, encuadre e iluminación
Fondo blanco uniforme, sin texturas ni sombras. El rostro debe ocupar entre el 56 y el 78% de la altura de la imagen, centrado horizontalmente, con los hombros visibles.
Iluminación uniforme; sin sombras laterales, bajo la barbilla ni detrás de la cabeza. La pared debe iluminarse aparte del rostro para evitar reflejos.
Expresión, gafas y accesorios
Expresión neutra con boca cerrada. La Policía Nacional rechaza sonrisas con dientes visibles y gestos exagerados. Ojos abiertos, mirada de frente al objetivo.
Las gafas oscuras y los cristales tintados están prohibidos. Las gafas transparentes recetadas pueden tolerarse si no hay reflejo y los ojos se ven claramente — sin embargo, la recomendación oficial es retirarlas para la captura. Se permiten pendientes pequeños; los piercings que distorsionen rasgos deben retirarse.
Antigüedad y edición digital
La Policía Nacional acepta fotos de hasta 2 años de antigüedad — más flexible que la mayoría de los documentos de identidad europeos (típicamente 6 meses). No obstante, la foto debe reflejar la apariencia actual; cambios drásticos invalidan la foto incluso si tiene menos de 2 años.
Se permite recortar, ajustar brillo, contraste y limpiar el fondo. Los filtros de belleza, alisado de piel y edición con IA causan rechazo en la verificación biométrica que la Policía Nacional aplica antes de imprimir el DNI.
Menores, bebés y tocados religiosos
Para menores, las reglas de expresión se relajan — los bebés pueden tener los ojos parcialmente cerrados o la boca abierta. El menor debe aparecer solo en el cuadro. Para bebés, se acepta sobre sábana blanca con la cabeza apoyada y mirada hacia el objetivo cuando sea posible.
Los tocados religiosos — hijab, pañoleta, kipá, turbante — son aceptados siempre que el rostro desde la barbilla hasta la frente quede totalmente visible y sin sombras. La Policía Nacional no requiere carta de apoyo para uso religioso diario.
FAQ
¿Puedo llevar gafas en la foto del DNI?
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¿Se permite edición digital?
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¿Qué antigüedad máxima admite la Policía Nacional?
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¿Se aplica a menores y bebés?
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¿Se aceptan tocados religiosos?
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DNI España
32×26 mm, fondo blanco uniforme, expresión neutra, sin gafas. Cumple la norma de la Policía Nacional para renovación, primera vez y duplicado. Cita previa con foto digital o impresa.
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